Guía para darse de baja de autónomo de forma presencial y online

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Son muchas las ventajas de estar dado de alta como autónomo, pero también muchos los motivos que pueden llevar a finalizar esta andadura como profesional autónomo. ¿Vas a detener la actividad de tu negocio durante un tiempo o indefinidamente? Sea cual sea la razón, en ocasiones es necesario darse de baja de autónomo. Lamentablemente, este año tenemos un motivo común que puede obligar al cierre de gran cantidad de negocios: la crisis del coronavirus será la principal responsable de la baja de autónomos de la Seguridad Social para multitud de trabajadores por cuenta propia, con toda probabilidad. Te explicamos cómo hacerlo paso a paso en las siguientes líneas. Además, resolvemos las dudas más frecuentes que nos surgen en el momento de darnos de baja. ¡Sigue leyendo!

Baja autónomos: ¿Cómo darse de baja de autónomo presencialmente?

La solicitud de la baja de autónomos de manera presencial debe realizarse en primer lugar a través de Hacienda y después en la Seguridad Social:

  • Darse de baja de autónomo en Hacienda.

En primer lugar debes coger cita en la oficina de Agencia Tributaria que te corresponde. Allí deberás rellenar el modelo 036 y solicitar a la persona que te atienda que tramite tu baja en el Impuesto de Actividades Económicas o IAE. El DNI es otro documento indispensable tendrás que presentar en el momento de la solicitud.

  • Darse de baja como autónomo en la Seguridad Social

A continuación deberás coger cita para que te atiendan en la oficina más cercana perteneciente a la Tesorería General de la Seguridad Social (TGSS) Una vez que estés allí tendrás que presentar cumplimentado el modelo TA.0521 y adjuntar la documentación solicitada, entre la que el DNI, una vez más, es imprescindible.

Pasos para darse de baja de autónomo online

Antes de nada comentar que hay dos pasos para darse de baja como autónomo, el primero es darse de baja en la Agencia tributaria y el segundo la baja en la Seguridad Social, A continuación vamos a desarrollar cada uno de ellos para que quede más claro el proceso , no obstante en nuestra asesoría de autónomos podemos asesorarte sobre todos estos puntos.

  • Darse de baja de autónomo en la Agencia tributaria

Todo aquel que quiera darse de baja autónomo por internet, debe tener en cuenta que igualmente debe dirigirse tanto a la página web de la Agencia Tributaria como a la correspondiente a la Seguridad Social. Es decir, deberás solicitar la baja en los dos sitios. Y, cabe destacar que tienes un plazo de tres días para tramitar la baja en la Seguridad Social desde la fecha del cese de actividad.

  1. Presentar cumplimentado el modelo 037 en la Agencia Tributaria mediante la sede electrónica de la administración. De la misma forma, podrás tramitar la baja rellenando y presentando el modelo 036 pero te resultará más sencillo hacerlo con el 037, ya que se trata de una versión resumida.
    • Una vez que hayas entrado en la web de la Agencia Tributaria, introduce en el buscador “037” y después haz clic en alguno de los enlaces que lleva el nombre “Modelos 036 y 037. Censo de empresarios, profesionales y retenedores- Declaración censal de alta, modificación y baja y declaración censal simplificada».
    • A continuación dentro del apartado “Trámites”, debes elegir la opción “Cumplimentación y presentación telemática 037”.
    • Aquí es el momento en que tendrás que registrarte bien con certificado o DNI electrónico o bien a través de Cl@ve PIN.
  2. Cuando estés rellenando el modelo 037, es importante que selecciones la casilla 150 (baja) y dejar constancia de la fecha en que cesa tu actividad. Esta fecha puede coincidir con la del día de la solicitud pero tratarse de una fecha anterior o posterior.
  3. Una vez que hayas rellenado el modelo 037, es recomendable que compruebes si el envío se ha producido correctamente a través del siguiente proceso:
    • Vuelve a la página de inicial de la “Sede Electrónica”.
    • Selecciona “Mis Expedientes”.
    • Verifica tus trámites presentados y si alguno de ellos es la solicitud de baja de autónomos que acabas de tramitar.

Es aconsejable esperar entre 24 y 72 hora para comprobar que el proceso de darse de baja de autónomo online se ha efectuado correctamente en Hacienda por esta vía. Es solo cuestión de darle un margen de tiempo al sistema para que se actualice.

  • Darse de baja de autónomos en la Seguridad Social por Internet, la segunda parte del proceso

Cundo hayas tramitado la baja de autónomo en Hacienda, es el momento de dirigirte al portal de la Seguridad Social para solicitar el cese de tu actividad en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos (RETA). A continuación deberás seguir los siguientes pasos para conseguir la baja de autónomo en la Seguridad Social sin moverte de casa:

  1. Sigue la siguiente ruta: “Lo más visitado”> “Vida Laboral”> “Servicios con certificado digital”> “Solicitud de baja en el Régimen Especial de Trabajadores por cuenta propia o autónomos”.
  2. A continuación la sede te solicitará el registro a través del certificado digital, DNI electrónico o Cl@ve. Ahora es cuando debes confirmar que tu domicilio actual es correcto.
  3. En este paso, debes rellenar los datos relacionados con tu actividad: el código IAE de tu actividad (solo la principal si estás de alta en varias), la fecha del cese de actividad y tu provincia. Es muy importante que la fecha del cese de actividad en la Seguridad Social coincida con la que indicaste para tramitar tu baja en Hacienda.
  4. Selecciona “Confirmar” y a continuación obtendrás un documento PDF que es aconsejable guardar como justificante. Así, ya estaría tu baja de autónomos oficialmente tramitada.
  5. Posteriormente, puedes verificar que la baja se ha realizado dirigiéndote a “Vida laboral”>Situación actual del trabajador. Sin embargo, debes tener en cuenta que la baja de autónomos a través de la sede electrónica de la Seguridad Social puede tardar hasta 3 días naturales en efectuarse.
>> También te puede interesar: Se puede cobrar subsidio y ser autónomo  

Preguntas frecuentes sobre la baja de autónomos: ¿puede alguien darse de baja en autónomos y seguir trabajando?

En el momento de tramitación de la baja de autónomos te pueden surgir una serie de dudas. A continuación resolvemos las cuestiones que más se repiten en los trabajadores por cuenta propia.

Vayamos con la primera: darse de baja en autónomos y seguir trabajando, ¿es viable, legal o posible? Sentimos decirte que no: si te das de baja de autónomos tanto en Hacienda como en la Seguridad Social no puedes seguir trabajando legalmente bajo ningún concepto. Es verdad que existen casos muy excepcionales en las que los autónomos pueden facturar estando de alta únicamente en Hacienda, es decir habiendo tramitado únicamente la baja en la Seguridad Social o sin haber estado nunca dado de alta aquí. En este supuesto, tendríamos que demostrar que nuestra actividad es puntual y que nos supone ingresos menores al Salario Mínimo Interprofesional (SMI) que en estos momentos es de 900 € al mes.

¿Puede alguien darse de baja en autónomos temporalmente? ¿Si me doy de baja de autónomos pierdo la bonificación?

Sí, cualquiera puede darse de baja en autónomos temporalmente y reanudar la actividad en cualquier momento. Ahora bien, “¿si me doy de baja de autónomos pierdo la bonificación?”. La respuesta es afirmativa. Las bonificaciones que ofrece la Seguridad Social están vinculadas a autónomos que se dan de alta por primera vez. Puedes recuperar estas bonificaciones únicamente si te das de alta cuando han pasado tres años desde la baja.

¿Prefieres realizar el trámite presencialmente u online? Ahora tienes a tu disposición toda la información necesaria sobre darse de baja de autónomos y controlar fácilmente el abono de tus cuotas. Para cualquier cuestión, ¡cuenta con Anta Consulting!

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5 comentarios en «Guía para darse de baja de autónomo de forma presencial y online»

  1. Hola.
    Es posible darse de baja de la Seguridad Social pero no de hacienda?
    El 036/37 es una baja definitiva del negocio y lleva implicaciones con amortizaciones, bienes materiales, etc. pero en la Seguridad Social te lo piden para tramitar la baja en RETA
    Si solo quieres estar de baja de la SS porque durante unos meses no hay clientes y no vas a facturar, cara a hacienda no te das de baja y sigues presentando trimestrales «sin actividad», pero cara a la SS, ¿como demonios consigues que te den de baja?
    A mi me dicen que tengo que darme de baja en hacienda también y yo no quiero. ¿Pueden obligarme? ¿No pueden darme de baja sin más?
    Gracias

    Responder
    • Muchas gracias Rafael por contactar con Anta Consulting.
      Dada la extensión de la respuesta puedes llamarnos al teléfono 900 846 131 y te atenderemos personalmente.

      Responder

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