¿Se puede facturar sin ser autónomo?

Facebook
Twitter
LinkedIn
WhatsApp

La inestabilidad del mercado laboral, la falta de liquidez a corto plazo, la variabilidad de algunas actividades y ocupaciones y, fundamentalmente, la elevada cuota que han de pagar mensualmente los autónomos (algo más de 286 euros), con independencia de su facturación, conlleva que muchos trabajadores por cuenta ajena se planteen realmente si merece la pena continuar en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos (RETA). Ahí es donde muchos se plantean si se puede facturar sin ser autónomo dentro del marco legal. Pero, ¿cuáles son las reglas para emitir una factura sin ser autónomo? ¿Y cuánto se puede facturar sin ser autónomo en 2020? Como expertos en asesoramiento para autónomos, ¡respondemos a todas las preguntas!

Guía sobre si se puede facturar sin ser autónomo 2020: ejemplos de facturar un trabajo puntual

¿Quiénes son aquellos que se plantean cobrar facturas sin ser autónomo? Es el caso, a buen seguro, de emprendedores que, motivados por su inquietud o como resultado de la crisis económica, se lanzan a crear su negocio y apenas facturan. O también de estudiantes que deciden dar clases particulares para ganar un dinero extra, es decir, que solo pretenden facturar un trabajo puntual, o de trabajadores por cuenta ajena con una segunda actividad por cuenta propia. Es decir, de personas que prestan sus servicios a empresas de manera autónoma pero cuya renta no es estable (dependen del número de clientes y del pago puntual de los mismos), por lo que pueden tener serios problemas para llegar a final de mes.

Todos ellos, para proseguir con su actividad o negocio, se encuentran a menudo con una disyuntiva: continuar pagando la cuota de autónomo y facturar trabajos esporádicos, lo que implica mantener un gasto importante sin ninguna garantía a corto plazo; o cerrar su negocio y acabar con su aventura empresarial, o en muchos casos, con una dilatada trayectoria profesional.

Trabajar en negro, una opción nada recomendable de cobrar facturas sin ser autónomo

En este punto muchos de vosotros añadiríais una tercera posibilidad: trabajar en’ B’ o ‘en negro’. Pero, bajo nuestro punto de vista, esta opción no es recomendable. En primer lugar porque debe haber un acuerdo previo con nuestros clientes, para los que puede resultar un obstáculo (a muchos de ellos, posiblemente, les convendrá facturar para desgravarse el pago como un gasto). Y en segundo lugar, y sobre todo, porque implica correr el riesgo de ser localizados o de que alguien nos denuncie y, por tanto, debamos pagar una cuantiosa sanción, que será el resultado de todas las cuotas pendientes desde que empezamos a ejercer la actividad, con un 20% de recargo más los intereses y sin la posibilidad de acogernos a ninguna bonificación.

Ante este panorama, sí existe una solución factible: la posibilidad de facturar, de seguir desempeñando una actividad profesional por cuenta ajena sin la necesidad imperiosa de estar dado de alta en el régimen especial de autónomos, lo que implica el abono periódico de la tan temida cuota euros antes de que finalice el mes. Factura sin ser autónomo si esa es tu intención porque, ¿es posible? Lo es. Y, por supuesto, es legal.

Logo Anta Consulting
EMPRESAS | PYMES | AUTÓNOMOS

Llame ahora y haremos un presupuesto a su medida.

Y dedíquese a su negocio

¿Cuándo y cuánto puedo facturar sin ser autónomo?

La normativa establece que las personas que realicen una actividad económica a título lucrativo de forma habitual, personal y directa, sin tener un contrato de trabajo, deben darse de alta en el RETA. Pero ¿qué se considera habitual? Esta falta de concreción en la redacción de la normativa implica un vacío legal que abre la puerta a poder facturar en determinados supuestos sin ser autónomo, especialmente cuando los ingresos de los trabajadores son inferiores al Salario Mínimo Interprofesional.

El primer requisito para emitir facturas sin ser autónomo es darse de alta en el censo de empresarios, profesionales y retenedores. Es gratis y paso imprescindible. Si emitimos una factura sin haber pasado previamente por aquí estaríamos cometiendo un delito. Cumpliendo con este trámite podremos emitir facturas que pasarán por la caja del IVA cada tres meses. No hay problema en proceder así, siempre y cuando no superemos el Salario Mínimo Interprofesional. Entonces, ¿cuánto puedo facturar sin ser autónomo? El límite para facturar sin ser autónomo, en este caso el SMI, se situaba en 900 euros a principios de año y en enero se acordó incrementarlo a 950 euros, en 14 pagas. Por tanto, esa es la cantidad que hay que tener como referencia. Así pues, veamos las diferentes opciones para aquellos que se preguntan «¿puedo hacer una factura como particular?».

Cómo emitir facturas sin ser autónomo: primera opción, acumular facturas sin superar los ingresos mínimos

Existen distintas alternativas para hacer una factura sin ser autónomo, especialmente indicadas para aquellas personas que han sido autónomas previamente y que, por tanto, no puedan acogerse a la tarifa plana.

Una de las formas legales de facturar sin ser autónomos consiste en concentrar todas las facturas pendientes en unos meses o días y después darse de baja. Los requisitos son, esencialmente, no superar los ingresos mínimos, ponerse de acuerdo con el cliente y utilizar conceptos genéricos en las facturas que no hagan referencia a fechas concretas.

Recurrir a un tercero: las cooperativas de trabajo asociado, perfectas para facturar trabajos esporádicos

Otra vía no menos válida puede ser delegar en un tercer actor, bien sea un amigo o, más común y menos comprometido: elegir una cooperativa de facturación. Este tipo de empresas está creciendo en los últimos años ante esta perspectiva de inestabilidad y falta de liquidez que termina por ahogar a los autónomos. Si optamos por una cooperativa de este estilo será necesario pagar unos gastos de gestión y así como los correspondientes impuestos, cuyo gasto total no excede la cuota de alta en la Seguridad Social siempre que hablemos de facturar cantidades poco relevantes.

Par facturar a través de una empresa el primer paso será hacerse socio. De media suele costar unos 90 euros. A partir de ese momento cada trabajo se facturará a nombre de la cooperativa y no a nuestro nombre. Este organismo se ocupará de cobrar la factura y descontará impuestos y costes, abonándonos la cantidad resultante en forma de nómina. Además de socios seremos trabajadores y permaneceremos de alta en el Régimen General de la Seguridad Social sin necesidad de hacer continuamente papeleos y trámites burocráticos.

Entonces, ¿puedo hacer una factura sin ser autónomo? Sí… respetando las obligaciones con Hacienda

Hay que tener en cuenta que, para emitir una factura de forma legal, no solo hay que cumplir con las obligaciones de la Seguridad Social, sino también con Hacienda. El organismo tributario solía permanecer al margen en cierto modo. Aun así, en los últimos tiempos la comunicación entre los dos organismos ha mejorado y cada vez están más integrados.

El alta en Hacienda, previa al alta en el RETA, no tiene coste. Lo que debemos hacer es declarar los ingresos obtenidos por IVA e IRPF en nuestra actividad presentando los modelos 036 y 037. De lo contrario, estaremos apropiándonos indebidamente de esos impuestos. Además, las empresas con las que hemos trabajado declararán sus operaciones, por lo que si nosotros no lo hiciésemos Hacienda se daría cuenta fácilmente. Según la legislación el plazo máximo para regularizar la situación laboral desde el alta en el IAE es de  60 días (frente a los 30 del plazo anterior).

Hasta aquí nuestra guía sobre facturar sin ser autónomo 2020. Si te has quedado con dudas, necesitas una asesoría que te haga los trámites como autónomo o cualquier otro servicio, ¡contáctanos!

Facebook
Twitter
LinkedIn
WhatsApp

Posts relacionados

4 comentarios en «¿Se puede facturar sin ser autónomo?»

  1. hola. quiero seguridad social, m ela da mi esposa, puedo no darme de alta en la seguridad social, solo pagar aquello que facturo, declarar los ingresos obtenidos por IVA e IRPF en nuestra actividad presentando los modelos 036 y 037 . Si facturo mucho mas pago, es asi?. o si facturo mucho me obligan a darme de alta??. el tema es que mis facturaciones tengo gastos que no puedo demostrar y son del 30% al 50% que me piden de comisiones de terceros que no facturan. como lo soluciono, le descuento el iva y el irpf.
    cuanto es lo que debo pagar por IVA e IRPF de lo que facturo?, o sea de lo que cobro debo «discriminar en renglona a aprte ambos impuestos??

    Responder
    • Muchas gracias Alejandro por contactar con Anta Consulting.
      Dada la extensión de la respuesta puedes llamarnos al teléfono 900 846 131 y te atenderemos personalmente.

      Responder
  2. Buenas tardes,
    En relación al artículo, me encuentro en una situación que podría considerarse dentro del marco para facturar sin darme de alta como autónomo, pero me preocupa las posibles repercusiones o incompatibilidades con mi trabajo a tiempo completo.
    Realizo trabajos esporádicos como asesor inmobiliario, que en ningún caso suponen ingresos mensuales superiores al SMI y tampoco se pueden considerar habituales, pues como digo, son esporádicos.
    Me gustaría saber en detalle cómo proceder y conocer si esta actividad puede tener repercusión en mi trabajo por cuenta ajena.

    Gracias, un saludo.

    Responder
    • Muchas gracias José María por contactar con Anta Consulting.
      Puedes llamarnos al teléfono 900 846 131 y te atenderemos personalmente resolviendo tus dudas.

      Responder

Deja un comentario

Quiero conocer su propuesta de servicios

Por favor, envíenme la información sin compromiso.

Quiero conocer su propuesta de servicios

Por favor, envíenme la información sin compromiso.