Diferencias entre autónomo TRADE y tradicional

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El Trabajador Autónomo Dependiente Económicamente, ampliamente conocido por sus siglas “TRADE” es una figura reconocida en el Sistema Nacional de Empleo de nuestro país que trabaja de forma habitual, personal, directa y mayoritariamente para una persona físico o jurídica, denominada “cliente”. Para conocerlo más en profundidad, a continuación explicamos las principales diferencias entre un autónomo trade y uno tradicional.

¿Qué diferencias hay entre un TRADE y un autónomo tradicional?

Vamos a responder a esta pregunta punto por punto. Esto es lo que diferencia a la mayoría de lo autónomos de aquellos que son económicamente dependientes, de acuerdo con el artículo 11 de la Ley 20/2007, de 11 de julio, del Estatuto del Trabajo Autónomo.

Empleados

Los TRADE no pueden tener empleados a su cargo como el resto de los trabajadores autónomos. Esta es una de las diferencias que le acercan a la dinámica de un trabajador por cuenta ajena.

Facturación

Un TRADE factura más del 75% de sus ventas a un mismo cliente. Es decir, el grueso de sus ingresos de su actividad proceden de una misma persona jurídica. En cambio, un autónomo tradicional puede tener infinidad de clientes y recibir un pequeño porcentaje de cada uno de ellos, por ejemplo.

Contrato

La empresa principal para la que trabaja el TRADE y el propio autónomo deben formalizar un contrato específico por escrito, un requisito innecesario en el caso de los autónomos tradicionales.

Descanso

Un autónomo TRADE cuenta con al menos 18 días hábiles de descanso en el transcurso de un año, mientras que entre un autónomo tradicional no tiene por qué haber un acuerdo sobre los días libres.

Indemnización

Los TRADE tienen derecho a recibir una indemnización por los daños producidos por incumplimiento del contrato de forma injustificada. En cambio, los autónomos tradicionales no tienen este derecho, al no haber ningún contrato de por medio de forma obligatoria.

TRADE y autónomo tradicional. ¿En qué se parecen?

Si nos fijamos únicamente en las diferencias, podemos pensar que un TRADE se parece más a un trabajador por cuenta ajena que a un autónomo propiamente dicho. Sin embargo, los TRADE cuentan con algunas similitudes con los autónomos tradicionales. Y, en su conjunto, diferencias y semejanzas, convierten a los TRADE en profesionales a caballo entre uno y otro. Veamos qué tienen en común un TRADE y un autónomo tradicional:

Infraestructura y materiales propios

Tanto TRADES como autónomos tradicionales disponen de material y recursos propios para ejercer la actividad. Por tanto, en ningún caso el cliente está obligado a proporcionar la infraestructura necesaria para el desarrollo de la actividad.

Organización

Ambos desarrollan su trabajo bajo criterio organizativos propios, aunque en ocasiones tengan que seguir indicaciones técnicas de carácter general por parte del cliente.

Contraprestación económica

TRADES y autónomos tradicionales reciben una contraprestación económica en función del resultado de la actividad según lo pactado con el cliente en cuestión.

>> También te puede interesar: tipos de autónomos y sus diferencias

¿Cómo convertirte en TRADE?

Si crees que tu situación particular encaja con un autónomo TRADE pero no tienes contrato con la empresa principal para la que trabajas, estos son los pasos que debes seguir para convertirte en TRADE a efectos legales:

  1. Comunicación de nuestro deseo al cliente

En primer lugar, debes comunicarle al cliente principal que quieres ser reconocido como TRADE y que reúnes todos los requisitos.

  1. Formalización del contrato

A continuación, debes formalizar el contrato por escrito donde se reconoce tus circunstancias y cuyas condiciones deben cumplirse por ambas partes.

  1. Registro del contrato

Una vez que hay contrato, éste debe registrarse en la oficina del Servicio Público de Empleo Estatal que corresponda, durante el plazo de los diez día hábiles siguientes a su firma.

  1. Comunicación del registro al cliente

En este punto, debes comunicarle a tu cliente principal que has realizado dicho registro en el plazo de cinco días hábiles. Si transcurren 15 días hábiles desde la firma del contrato y el TRADE no comunica el registro, el cliente es quien debe llevarlo a cabo en un plazo de 10 días hábiles.

Diferencias entre TRADE y falso autónomo 

Un falso autónomo es un trabajador que desarrolla una actividad principalmente para una empresa pero que se da de alta como trabajador por cuenta propia por motivaciones de dicha empresa. Pero, por todo lo demás, este profesional cuenta con todas las características propias de un empleado. El falso autónomo viene como anillo al dedo para que la empresa eluda las responsabilidades con la Seguridad Social, vinculadas a la contratación del trabajador.

A grosso modo, podríamos confundir un TRADE con un falso autónomo. Sin embargo, son dos perfiles diferentes. Estas son sus principales diferencias:

Jornada laboral

Cuando se trata de un falso autónomo, la empresa impone un horario concreto al trabajador. Un TRADE, en cambio, establece su propia jornada laboral, como también planifica por su cuenta cuáles son sus días laborables y sus vacaciones.

Recursos materiales

Los TRADE disponen de su propio material para el desarrollo de la actividad, tal como hemos indicado, mientras que el falso autónomo puede realizar su trabajo en la oficina de la empresa, por ejemplo, utilizando el ordenador de la compañía o cualquier otro recurso cedido por el “cliente”.

Precio de los servicios

El TRADE elige o pacta la retribución que va a recibir por sus servicio prestados. Pero, si se trata de un falso autónomo, la cantidad que va a recibir viene determinada por la empresa para la que trabaja.

En definitiva, si trabajas principalmente para un cliente y no tienes contrato laboral, puedes valorar si tu situación es la de un TRADE porque te puede suponer múltiples ventajas.

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