Modelo 130: La guía si eres autónomo

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¿Eres autónomo? Si perteneces a este colectivo tan sufridor como apasionado, es probable que alguna vez hayas oído hablar del “modelo 130”. Pero, ¿qué es? Desde nuestra asesoría fiscal autónomos hemos elaborado esta magnífica Guía sobre el modelo 130 donde te explicamos en qué consiste, para qué sirve y todos los detalles sobre su presentación.

¿Qué es el modelo 130?

El Modelo 130 es la plantilla oficial que se utiliza para liquidar el pago fraccionado del Impuesto de la Renta sobre Personas Físicas (IRPF), para aquellos autónomos que se encuentren en estimación directa (forma de tributación mediante la que se pagan impuestos proporcionalmente a nuestros beneficios y el volumen de la actividad).

El IRPF es un impuesto que debe declararse trimestralmente, efectuando cuatro pagos a cuenta de la futura Declaración de la Renta anual, donde cada contribuyente tiene la oportunidad de corregir cualquier desviación que se haya producido en los pagos trimestrales del IRPF.

¿Para qué sirve el modelo 130?

El modelo 130 es la vía que utiliza la Agencia Tributaria, más conocida como Hacienda, para recaudar el IRPF de autónomos que no son objeto de retención en sus ingresos a lo largo del año.

La periodicidad con que se presenta el modelo 130 facilita a los autónomos el cumplimiento de sus obligaciones. Generalmente, el pago trimestral es más llevadero para el contribuyente que verse obligado a pagar el total una vez al año.

¿Cuándo se presenta el modelo 130?

El modelo 130 debe presentarse según marque el calendario fiscal del año en cuestión. Habitualmente, los plazos de presentación del modelo 130 son siempre los mismos pero, no está de más revisarlos en cada ejercicio por si hay novedades. En base al calendario fiscal de 2022, los plazos son los siguientes:

  • Primer trimestre: del 1 al 20 de abril, ambos inclusive.
  • Segundo trimestre: del 1 al 20 de julio, ambos inclusive.
  • Tercer trimestre: del 1 al 20 de octubre, ambos inclusive.
  • Cuarto trimestre: del 1 al 30 de enero, ambos inclusive.

En este punto, cabe destacar que no referimos a días hábiles, por lo que si coinciden el último día del periodo en cuestión con festivo, se aplaza el fin del periodo hasta el siguiente día hábil.

Además, hay que tener en cuenta los plazos específicos si se desea realizar el pago mediante domiciliación bancaria, un poco más reducidos que los anteriores:

  • Primer trimestre: del 1 al 15 de abril.
  • Segundo trimestre: del 1 al 15 de julio.
  • Tercer trimestre: del 1 al 15 de octubre.
  • Cuarto trimestre: del 1 al 27 de enero.

¿Cómo se presenta el modelo 130?

Existen dos formas para presentar el modelo 130:

  • Electrónica: mediante la web de la Agencia Tributaria.
  • En papel: obteniendo el modelo generado por la aplicación que la Agencia Tributaria pone a disposición en su web y que permite la creación del modelo en formato PDF y su impresión.

¿Quién está obligado a presentar el modelo 130?

Hay un buen número de autónomos obligados a presentar el modelo 130. ¡Presta atención porque es muy probable que seas uno de ellos!

  • Los autónomos que desarrollen una actividad calificada empresarial, es decir, en uno de los epígrafes del Impuesto sobre Actividades Económicas (IAE), exceptuando aquellos que estén en el sistema  de tributación por módulos, obligados a presentar el modelo 131, en su lugar.
  • Los autónomos que desempeñen una actividad profesional, a excepción de aquellos que al menos el 70% de sus ingresos originados por la actividad profesional, hubieran tenido retención o ingreso a cuenta en el ejercicio anterior. En otras palabras, están exentos de presentar el modelo 130 los autónomo que hayan facturado con retenciones más del 70% de su facturación a empresas, otros autónomos y entidades jurídicas con sede en España.
  • Los autónomos que participen en una comunidad de bienes, en cuanto a los ingresos que le correspondan, en función del porcentaje de participación en la organización.

En resumen, están obligados a presentar el modelo 130 personas físicas o miembros de comunidades de bienes o sociedades civiles que tributen IRPF y que ejerzan como autónomos según las condiciones descritas.

Ahora que ya sabes lo que es, para qué sirve, cómo se presenta, a través de qué vías y quién está obligado a presentar el modelo 130, es posible que te parezca un proceso sencillo. Sin embargo, requiere de una labor previa muy exhaustiva para calcular la cantidad de IRPF que debemos declarar y, más aún, cuando se trata de autónomos con una facturación elevada. Por tanto, es muy aconsejable contar con profesionales expertos en asesoría de negocios que se encarguen de dicha labor.

Anta Consulting te ofrece este servicio y mucho más, de la mano de los mejores profesionales, para que tú puedas centrarte en tu actividad principal como autónomo.

 

 

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2 comentarios en «Modelo 130: La guía si eres autónomo»

  1. Si parte del año se ha sido autónomo y tras darse de baja como autónomo se ha estado contratado un tiempo, al cerrar el 4 trimestre del modelo 130, no habría que incluir los ingresos que se han tenido como empleado, ¿correcto?

    Responder
    • Muchas gracias César por contactar con Anta Consulting.
      Puedes llamarnos al teléfono 900 846 131 y te atenderemos personalmente resolviendo tus dudas.

      Responder

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