Declaración de la Renta: la deducción en IRPF por tu vivienda en 2023 (compra, alquiler y rehabilitación)

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¡Comienza la campaña de la Declaración de la Renta 2023! Y, con ella, millones de dudas sobre las deducciones que se puede aplicar por nuestra vivienda habitual. Desde nuestra asesoría fiscal hemos creado este artículo donde nos centramos en la novedad de este año al respecto:  la prórroga de la deducción en IRPF por rehabilitación de la vivienda contemplada en la Ley 10/2022, de 14 de junio. Además, recordaremos en qué situación se encuentran las deducciones por compra o alquiler de la vivienda. ¡Vamos allá!

Deducción por inversión en vivienda habitual

En la actualidad los contribuyentes pueden beneficiarse de deducciones en IRPF por reforma de la vivienda habitual siempre y cuando se demuestre que la rehabilitación del hogar mejora su eficiencia energética y que las obras se han realizado entre el 6 de octubre de 2021 y el 31 de diciembre de 2024, en la mayoría de los supuestos y tal como explicaremos a continuación. Así viene establecido en el Real Decreto-Ley 19/2021, de 5 de octubre de medidas urgentes para impulsar la actividad de rehabilitación edificatoria en el contexto del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia y según la Ley 10/2022, de 14 de junio, donde se amplía el periodo para la realización de las obras para que el contribuyente pueda beneficiarse de la desgravación. Los contribuyentes tienen derecho a diferentes deducciones según estos escalones:

Deducción en IRPF del 20% por reformas en el hogar

Si se rebaja al menos un 7% la demanda de calefacción y aire acondicionado, el 20% hasta 5.000 euros. Se pueden beneficiar los contribuyentes que realicen estas obras en su vivienda habitual o en cualquier otra de su titularidad que tuviera arrendada para su uso como vivienda en ese momento o en expectativa de alquiler, siempre que en este último caso, la vivienda se alquile antes de 31 de diciembre de 2024.

La deducción se practicará en el período impositivo en el que se expida el certificado de eficiencia energética emitido después de la realización de las obras. Cuando el certificado se expida en un período impositivo posterior a aquél en el que se abonaron cantidades por tales obras, la deducción se practicará en este último, desde la entrada en vigor del Real Decreto-ley 19/2021, de 5 de octubre, hasta el 31 de diciembre de dicho período impositivo. En todo caso, dicho certificado deberá ser expedido antes de 1 de enero de 2024.

Deducción en IRPF del 40% por reformas en el hogar

Los contribuyentes podrán deducirse el 40% del coste de la rehabilitación hasta 7.500 euros cuando supongan una mejora en el consumo de energía primaria no renovable de su vivienda habitual, lo que significa que debe cumplirse al menos una de las siguientes condiciones:

  • Reducción en al menos un 30% el indicador de consumo de energía primaria no renovable.
  • Mejora de la calificación energética de la vivienda para obtener una clase energética «A» o «B», en la misma escala de calificación.

Esa deducción también es aplicable a cualquier otra de su titularidad que tuviera arrendada el contribuyente para su uso como vivienda en ese momento o en expectativa de alquiler, siempre que en este último caso, la vivienda se alquile antes de 31 de diciembre de 2024.

La deducción se practicará en el período impositivo en el que se expida el certificado de eficiencia energética emitido después de la realización de las obras. Cuando el certificado se expida en un período impositivo posterior a aquél en el que se abonaron cantidades por tales obras, la deducción se practicará en este último tomando en consideración las cantidades satisfechas desde la entrada en vigor del Real Decreto – Ley 19/2021, de 5 de octubre, hasta el 31 de diciembre de dicho período impositivo. El certificado deberá estar expedido en todo caso, antes del 1 de enero de 2024.

Deducción en IRPF del 60% por reformas en el hogar

Los contribuyentes propietarios de viviendas ubicadas en edificios de uso predominante residencial en el que se hayan llevado a cabo obras de rehabilitación energética desde la entrada en vigor del Real Decreto – Ley 19/2021, de 5 de octubre, hasta el 31 de diciembre de 2024 podrán deducirse el 60% de la cuantía por reformas en el edificio hasta 15.000 euros. A estos efectos, tendrán la consideración de obras de rehabilitación energética del edificio aquéllas en las que se cumpla al menos una de las siguientes condiciones:

  • Una mejora de la eficiencia energética del edificio con una reducción del consumo de energía primaria no renovable, referida a la certificación energética, de un 30% como mínimo
  • Una mejora de la calificación energética del edificio para obtener una clase energética “A” o “B”, en la misma escala de calificación, respecto del expedido antes del inicio de las mismas. Se asimilarán a viviendas las plazas de garaje y trasteros que se hubieran adquirido con estas.

Deducción en el IRPF por compra de vivienda

Podrás desgravar la vivienda en la renta, siempre que hayas adquirido el inmueble antes de 2013, momento en el que el Gobierno reformó la ley y eliminó este beneficio fiscal para los nuevos propietarios. Si la compra de tu vivienda se efectuó a tiempo puedes deducir IRPF por las cantidades invertidas en adquirir, rehabilitar, construir o ampliar la casa en la que se reside habitualmente, con un máximo de 9.040 euros. Además, puedes deducir el 15% de los gastos de seguros vinculados a una hipoteca.

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En este apartado, cabe destacar que en el País Vasco y Navarra siguen disfrutando de esta deducción, al contar con su propio IRPF.

Deducción por alquiler de vivienda

Si eres el propietario de una vivienda arrendada, estás obligado a declarar los ingresos y, además, te puedes deducir los gastos relacionados con el Impuesto de Bienes Inmuebles, seguros, gastos de comunidad e impuestos municipales. Por otra parte, el inquilino que firmase su contrato antes de 2015 dispone de una deducción de hasta el 10’5%.

¿Aún tienes dudas sobre las deducciones en IRPF que te corresponden por tu vivienda habitual? ¡Contacta con nuestra asesoría especialista en declaración de la renta Anta Consulting para resolverlas!

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