Diferencia entre autónomo y autónomo societario

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¿Eres autónomo? Si eres uno de estos grandes luchadores sabrás de sobra que un autónomo es un trabajador por cuenta propia que organiza su actividad a través de sus propios medios y para su beneficio. Estas características también son propias del autónomo societario. Entonces, ¿en qué se diferencian? Te los explicamos en las siguientes línea.

¿Qué es un autónomo societario? Diferencia con el autónomo que todos conocemos

La principal diferencia entre un autónomo y un autónomo societario es que el segundo ha constituido una sociedad mercantil, una empresa, sea cual sea su forma jurídica. ¿Qué consecuencias tiene? Veamos las que distinguen a un autónomo de uno societario:

La posibilidad de cobrar una nómina

Los autónomos están obligados a llevar una facturación y a emitir facturas por el trabajo que realizan., por ello es necesario contar con una buena asesoría para autónomos que realice todas las gestiones necesarias. Sin embargo, el societario puede no estar vinculado a esta obligación y, a cambio, cobrar una nómina. El autónomo societario solo lo tiene que facturar si realiza un trabajo independiente o, lo que es lo mismo, ser sujeto pasivo de IVA, para lo cual deben cumplirse las siguientes condiciones:

  • Utilizar medios propios para realizar la actividad.
  • Seguir su propio horario laboral, organizando las vacaciones a su manera.
  • Soportar el riesgo económico de su actividad, lo que implica hacerse cargo de un factura en caso de impago.
  • Tener responsabilidad contractual con los clientes.
  • Tiene responsabilidad contractual con sus clientes.

En cualquier caso, ambos tipos de autónomos están obligados a estar dados de alta en el Régimen General de Trabajadores Autónomos (RETA) de la Seguridad Social y pagar la cuota de cotización, incluso si se trata de un autónomo societario que cobra una nómina por no reunir el carácter independiente de su trabajo que acabamos de describir.

Cuota mínima de cotización más elevada

La cuota mínima de cotización es más elevada para un autónomo societario que para un autónomo que no ha formado una sociedad mercantil. En ambos casos el importe viene determinado por lo Presupuestos Generales del Estado (PGE). Actualmente, el societario cotiza por una base mínima de 1.234,86, a la que corresponde una cuota mensual de 377,87 euros. En cambio, el autónomo no societario cotiza por una base mínima de 960,60 euros mensuales a la que corresponde una cuota de 294 euros al mes.

Obligaciones más complejas

Si eres autónomo y te conviertes en societario, tu condición fiscal sigue siendo la misma, pero con algunos cambios que pueden afectar a la facturación. Además,  también es administrador o socio de una empresa y, por consiguiente, tiene obligaciones mercantiles, fiscales y contables más complejas que un autónomo.

¿Cuándo darse de alta como autónomo societario?

Si eres autónomo y ves que tu negocio ha crecido considerablemente, quizás sea el momento de darte de alta como autónomo societario. Habitualmente, constituir una Sociedad Limitada (SL) es la opción más ventajosa. Suele ser más rentable cuando se superan unos ingresos de entre 50.000 y 60.000 euros anuales. La razón es la obligación de tributar el IRPF para los trabajadores autónomos, un impuesto que aumenta progresiva en función de los ingresos, pudiendo llegar a tributar el 45% de los rendimientos netos obtenidos. Sin embargo, al constituirse como SL hay que hacer frente al Impuesto sobre Sociedades, que es una cuota fija, generalmente el 25%.

¿Cuándo es obligatorio darse de alta como autónomo societario?

En el apartado anterior, hemos hablado de cuándo conviene darse de alta como autónomo societario, sin embargo, a veces sencillamente no nos queda otra alternativa. Si eres socio en una sociedad mercantil, estás obligado a darte de alta como autónomo societario cuando se cumplan los siguientes supuestos:

  • Tener al menos el 25% del capital de la empresa y ejecutar labores de dirección o gerencia.
  • Tener al menos el 33% del capital y trabajar en la empresa.
  • No tener participaciones pero convivir con uno de los socios con el 50% de capital.

¿Cómo ser autónomo societario?

Si ya estás inscrito en el RETA y quieres ser autónomo societario constituyendo una SL, puedes realizar el trámite cambiando tus datos en el RETA, para lo cual deberás utilizar el modelo TA0521/6 que puedes descargarte   en la Sede Electrónica de la Seguridad Social. Allí deberás identificarte con certificado digital, DNIe o sistema Cl@ve. A continuación deberás buscar la opción: “Afiliación e inscripción” > “Variación de datos en RETA“.

Una vez que hayas realizado este trámite, deberás constituir la sociedad, un proceso bastante más arduo, para el que te recomendamos contar con el asesoramiento profesional de Anta Consulting.

¿Preparado para dar el salto? Si aun te queda alguna duda sobre lo que es un autónomo y uno societario y sus diferencias con un autónomo que no ha constituido una sociedad mercantil, igualmente estaremos encantados de resolverla.

 

 

 

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2 comentarios en «Diferencia entre autónomo y autónomo societario»

    • Muchas gracias Antonio por contactar con Anta Consulting.
      Necesitaríamos más información para resolver tus dudas. Puedes llamarnos al teléfono 900 846 131 y te atenderemos personalmente.

      Responder

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