¿Un autónomo puede contratar? Resolvemos la eterna duda

Facebook
Twitter
LinkedIn
WhatsApp

Un autónomo es una figura administrativa muy especial: dueño y trabajador de un negocio al mismo tiempo. Y, son muchos los que pueden desarrollar su labor profesional solos a lo largo de toda su vida. Sin embargo, dependiendo de las características de nuestro negocio, podemos requerir más trabajadores para un correcto funcionamiento. Y aquí es donde nos puede asaltar la gran pregunta, el clásico del asesoramiento para autónomos: ¿un autónomo puede contratar? Te adelantamos que sí. Continúa leyendo para saber en qué condiciones y a quién puede contratar un autónomo.

Autónomo con trabajadores a su cargo: ¿un autónomo puede contratar?

Efectivamente, un autónomo puede contratar a otras personas, es decir, puede tener a empleados en su tienda, restaurante o peluquería, por ejemplo. Se trata de una situación que se repite con frecuencia en personas que empiezan un pequeño negocio por su cuenta y que adquiere mayores dimensiones con el paso del tiempo.

Si eres autónomo, puedes contratar trabajadores por cuenta ajena, firmando un contrato laboral como lo hacen las empresas con sus empleados. Lo más importante que debes tener en cuenta es que, en este caso las cuotas de la seguridad social del trabajador correrán a tu cargo.

 ¿Puede un autónomo contratar a un familiar en régimen general?

Tal como hemos indicado, un autónomo con trabajadores a su cargo, suele ser fruto de un negocio que comenzó teniendo un volumen menor de lo esperado. Este tipo de negocios suelen tener un carácter familiar, donde los primeros que arriman el hombro suelen ser el cónyuge y/o los hijos del dueño del negocio. ¿Puede un autónomo contratar a su hijo, por ejemplo? La respuesta es sí, al igual que un autónomo puede contratar a su mujer o a cualquier otro familiar en régimen general. No solo es posible, sino que es conveniente por dos razones fundamentales:

  • Recuerda que todas las personas que trabajen en tu negocio deben desarrollar su labor según los requisitos legales oportunos.

Si eres autónomo, según la Ley de Reformas Urgentes del Trabajador Autónomo de 2017 que permite que una autónomo contrate a familiares en Régimen General, obtienes una bonificación del 100% de la cuota en concepto de contingencias comunes, durante un año siempre y cuando el familiar cumpla con una serie de condiciones:

  • El familiar debe tener hasta el segundo grado de consanguinidad. El cónyuge, los hijos y los padres son los ejemplos más comunes.
  • No puedes haber realizado despidos improcedentes durante el último año.
  • Debes mantener el nivel de empleo durante 6 meses, salvo excepciones.

¿Un autónomo puede contratar a otro autónomo?

Generalmente sí, un autónomo puede contratar a otro autónomo. Sin embargo hay un excepción que merece una mención especial porque si somos el dueño de un negocio pequeño, nos podemos sentir atraídos por la contratación de otro autónomo cuando legalmente no está contemplado. Hablamos del caso de los vendedores de tienda. Si necesitas un empleado en una tienda de cualquier tipo, debes hacerle un contrato como trabajador por cuenta ajena. Solo podrás contratarlo como autónomo si el vendedor realiza sus funciones fuera de la tienda.

Una buena alternativa para contratar a un vendedor de tienda es a través de una retribución a comisión, abonándole además el Salario Mínimo Interprofesional.

El caso especial de los autónomos colaboradores

Volvamos al punto de la contratación de familiares. Hemos indicado que puedes contratar a cualquiera de ellos en régimen general. Además, pueden trabajar en tu negocio como autónomos. En este caso, hablamos de la figura del autónomo colaborador familiar, que para considerarse como tal, deben reunir una serie de condiciones:

  • Deben tratarse de familiares directos por consanguineidad, afinidad o adopción, hasta el segundo grado.
  • La colaboración debe ser habitual y desarrollada en el mismo centro de trabajo, es decir, no pueden tratarse de colaboraciones puntuales.
  • Los familiares deben convivir en el mismo lugar que el autónomo o estar bajo su cargo.
  • No deben estar dados de alta como trabajadores por cuenta ajena.
  • Deben tener una edad mínima de 16 años.

Es posible que te interese más contratar a un familiar como autónomo colaborador que como trabajador por cuenta ajena, ya que existen una serie de bonificaciones bastante golosas tanto para el empleado como para ti. ¡Toma nota!

  • El autónomo contratado está exento de las obligaciones fiscales cada trimestre. Es decir, no debe presentar las declaraciones trimestrales de impuestos de IVA o IRPF, ya que es el autónomo que contrata quien está obligado a presentarlas.
  • La cuota de la Seguridad Social del empleador se reduce al 50% durante los 18 meses posteriores a la contratación. Además, obtiene una bonificación del 25% en esta misma cuota durante seis meses más, según la Ley del Fomento del Trabajo Autónomo y la Economía Social de 2015.

Ahora ya lo sabes, un autónomo puede contratar a un familiar en régimen general, también a otras personas, por supuesto. Además, tienes otras opciones interesantes que puedes contemplar como es la contratación de un autónomo colaborador. ¡Al fin podrás tener el apoyo esperado en tu negocio cumpliendo con todos los requisitos legales!

Facebook
Twitter
LinkedIn
WhatsApp

4 comentarios en «¿Un autónomo puede contratar? Resolvemos la eterna duda»

  1. Buenas soy autónomo y mi mujer es extranjera con carnet para trabajar
    El año pasado la contrate por régimen general trabajo 1 año con bonificados y la saque ahora quiero volverla a contratar en la asesoría me dicen que no se puede que tiene que ser por ayudante de autónomo pero ella no es comunitaria no la puedo contratar como lo efectúe el año pasado por régimen general? Gracias

    Responder
    • Muchas gracias Alex por contactar con Anta Consulting.
      Dada la extensión de la respuesta puedes llamarnos al teléfono 900 846 131 y te atenderemos personalmente.

      Responder

Deja un comentario

Quiero conocer su propuesta de servicios

Por favor, envíenme la información sin compromiso.

Quiero conocer su propuesta de servicios

Por favor, envíenme la información sin compromiso.