Plazos para conservar la documentación contable y fiscal
La documentación contable y fiscal de un ejercicio deberá ser conservada desde los 6 años desde la fecha del último apunte contable. Existe siempre una controversia entre los plazos mercantiles y fiscales: el plazo mercantil es de 6 años mientras que el fiscal es de 4 años. La tenencia de los libros y justificantes de la empresa,