Desgravar donaciones: Ayudar tiene su recompensa

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¿Realizas alguna donación? Ya sean periódicas o puntuales, los contribuyentes se pueden desgravar por determinadas donaciones al presentar la famosa Declaración de la Renta. En este post te explicamos cuánto nos podemos deducir y qué tipo de donaciones nos pueden traer ventajas fiscales. Si tienes alguna duda puede recurrir a nuestra asesoría fiscal donde te asesoremos. Ayudar a los demás puede ser más fácil de lo que imaginas. ¡Verás!

¿Qué son las donaciones?

Las donaciones son aquellos actos que consisten en dar fondos o bienes materiales a otras personas, generalmente por razones de caridad, como las que se realizan en beneficio de una Organización No Gubernamental (ONG).

Las donaciones se realizan de forma totalmente voluntaria, sin esperar premio ni recompensa alguna, especialmente cuando se trata de algo de valor.

Ahora que ya sabes lo que son las donaciones, vamos a adentrarnos en el interés que tienen desde un punto de vista fiscal, dejando a un lado la satisfacción personal que nos pueden hacer sentir y la gratitud de la persona que recibe la donación. Esas no tiene precio.

¿Cuánto desgravan la donaciones?

Las donaciones se pueden deducir tanto en el Impuesto sobre la Renta de Personas Físicas (IRPF) como en el Impuesto de Sociedades. Veamos cuánto se desgrava por llevar a cabo una donación en cada caso:

Desgravación de donaciones en el IRPF

A partir del 1 de enero de 2020, la desgravación en el IRPF por realizar donaciones queda de la siguiente manera, según el Real Decreto-ley 17/2020, de 5 de mayo:

  • Si donas 150€ te puedes desgravar hasta el 80%.
  • A partir de 150€ de donación la deducción es del 35% del IRPF el primer año. Y, en caso de hacer donaciones periódicas, a partir del tercer año, el IRPF sube al 40%, siempre y cuando las cantidades sean iguales o superiores que en los ejercicios anteriores.
  • El límite de estas deducciones en el IRPF están en el 10% de la base liquidable del impuesto. Si, por ejemplo, pagas 1.000€ al año en IRPF y dono 200€ al año, solo me podré desgravar por 100€

Desgravación de donaciones en el impuesto de sociedades

Si eres una persona jurídica, la deducción en la cuota del Impuesto de Sociedades es del 35%, un porcentaje que se incrementa al 40% para las donaciones realizadas a una misma entidad por el mismo importe o superior durante al menos tres años.

Igualmente hay límite del 10% de la base imponible para aplicar la desgravación. Y, las cantidades no deducidas se pueden aplicar en los periodos impositivos que concluyan en los 10 años inmediatos y sucesivos.

En cualquier caso, es imprescindible facilitar el DNI o NIF, así como el domicilio al realizar la donación para que la Agencia Tributaria pueda obtener tus datos, facilitados por la ONG en cuestión, por ejemplo.

¿Qué tipo de donaciones se pueden desgravar?

Las donaciones que llevan asociada esta desgravación de impuestos son las que se aportan a las asociaciones que cumplen con los requisitos que recoge la  Ley 49/2002 de régimen fiscal de las entidades sin fines lucrativos y de los incentivos fiscales al mecenazgo. En concreto, se trata de las siguientes:

  • Fundaciones
  • Asociaciones declaradas de utilidad pública.
  • Organizaciones No Gubernamentales de desarrollo a las que se refiere la Ley 23/1998, de 7 de julio, de Cooperación Internacional para el Desarrollo, siempre que tengan alguna de las formas jurídica a las que hacen referencia los párrafos anteriores.
  • Delegaciones de fundaciones extranjeras inscritas en el Registro de Fundaciones.
  • Federaciones deportivas españolas, federaciones deportivas territoriales de ámbito autonómico integradas en aquéllas, el Comité Olímpico Español y el Comité Paralímpico Español.
  • Federaciones y asociaciones de las entidades sin fines lucrativos a las que se refieren los párrafos anteriores.

Cabe destacar que también se consideran donaciones aquellas cesiones voluntarias que tienen lugar entre amigos o entre miembros de una misma familia. Por ejemplo, hay padres que tras la jubilación donan parte de su capital a los hijos para que sean ellos los encargados de su gestión a partir de ese momento. Sin embargo, este tipo de donaciones no se pueden desgravar, ya que no van destinadas a un particular y no a una asociación.

En definitiva, ayudar a los demás nos puede suponer un esfuerzo económico mucho menor que el inicialmente planteado, ya que parte de la cantidad que aportamos viene de vuelta en forma de desgravación de impuestos, una ventaja aún superior cuando somos fieles a la causa que nos movió en los inicios, tal como hemos explicado.

Así que, ya sabes, si quieres contribuir económicamente en la lucha contra la pobreza infantil, la investigación de enfermedades, la conservación del medio ambiente, etc., ¡lo tienes fácil!, solo es cuestión de buscar asociaciones que cumplan con los requisitos necesarios y colaborar a través de las mismas.

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