Los nuevos autónomos podrán cobrar nueve meses de paro

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Los autónomos podrán cobrar nueve meses de paro. El Consejo de Ministros ha aprobado un anteproyecto de ley para para impulsar la afiliación de trabajadores por cuenta propia a la Seguridad Social, donde se plantea la posibilidad de que los nuevos afiliados en el régimen de autónomos puedan compatibilizar durante nueve meses el cobro de la prestación de desempleo y la alta en la Seguridad Social, con independencia de su edad. Esto supone un cambio importante, porque ahora esa posibilidad está solo abierta para los menores de 30 años.

El anteproyecto igualmente permite que los autónomos que estén beneficiándose de la tarifa plana de 50 euros en cotizaciones durante seis meses puedan seguir haciéndolo aunque contraten algún trabajador. Esta posibilidad de compatibilizar el cobro de prestaciones y el alta como autónomos está en la misma línea que la reforma que permite a trabajador en situación de desempleo cobrar de una sola vez el 100% de su prestación para poder establecerse por cuenta propia y abrir su negocio o empresa.

Tres años para que los autónomos paguen sus deudas

Los trabajadores autónomos que hayan presentado concurso de acreedores tendrán tres años para pagar sus deudas. Y, si en ese plazo no las han podido afrontar en su totalidad, con el visto bueno de un juez podrán quedar totalmente liberados de pagarlas. Así consta en el borrador que el gobierno prepara sobre la Ley de Segunda Oportunidad (y que se ha dado a conocer por el diario El País), que entre sus objetivos persigue evitar que el fracaso de un empresario impida iniciar un nuevo proyecto.

Ahora bien, esa condonación de deudas parece que sólo afectará al pasivo y no a las cuotas a la Seguridad Social, que sólo podrán exonerarse en su mitad. De la misma forma, parece que la última palabra siempre la tendrá el juez, cuya interpretación será decisiva.

El proceso a seguir por los autónomos

¿Cómo cobrar paro siendo autónomo? Debéis seguir estos pasos:

-Antes de que se les conceda tres años para pagar sus deudas, los autónomos deberán cerrar un acuerdo extrajudicial de pagos.

-Una vez agotado ese paso, el demandante tendrá que instar el concurso de acreedores y que no se le considere culpable de la suspensión de pagos.

-Tras ello, y una vez se haya liquidado su patrimonio, el autónomo podrá demandar la suspensión del pago de la deuda (total o parcialmente), solicitando tres años después la exoneración total.

-Para que esa liberación final sea posible, el trabajador autónomo tendrá que acreditar ante el juzgado que ha sido un buen deudor y que ha hecho todo lo posible para integrarse en el mercado laboral sin acudir a la economía sumergida”.

La nueva legislación, por tanto, incentiva la denominada solicitud temprana de los concursos de acreedores, presionando a las entidades financieras a ejercer una política responsable de concesión de créditos y evitar la exclusión social de quienes sucumben en el intento de crear una empresa.

 

 

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