ROI: Registro de Operadores Intracomunitarios o como ahorrarse IVA

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EL ROI, Registro de Operadores Intracomunicatrios o cómo ahorrarse el IVA.

Una de las preguntas que siempre se hacen los autónomos y los empresarios es: ¿estoy pagando correctamente mis impuestos? ¿Estoy devengando de más o de menos? ¿Hay alguna forma de ahorrarse el IVA en las facturas? Pues si alguno de tus clientes es una empresa radicada en Europa, es probable que sí. En este artículo te contamos qué es el ROI y por qué puedes dejar de pagar el IVA en ciertas facturas.

El ROI es el Registro de Operadores Intracomunitarios y se trata de un directorio de empresas y autónomos que lleva la Unión Europea para poder tener mejor identificadas las operaciones mercantiles y comerciales que se llevan a cabo dentro del espacio comunitario. Y según las normas europeas, toda actividad económica que se da entre dos operadores dados de alta en ese ROI está exenta de IVA. Así de sencillo. En la página oficial del VIES podrás consultar si tu cliente o proveedor está dado de alta en el ROI.

El motivo es claro: a falta de una política fiscal verdaderamente común y unificada, con esta medida se busca mejorar la competitividad de las empresas y autónomos europeos, hacer más atractivo el mercado europeo para que nuestras empresas no tengan recurrir a proveedores extracomunitarios a la hora de solicitar determinados servicios o realizar determinadas compras.

Por ello nació el ROI. Y esta opción de ahorrarse el IVA es válida tanto en el momento de la emisión -facturas con la casilla del IVA al 0% y una nota aclaratoria a pie de página, como cuando la soportas. En el IVA soportado, es más complejo: se hace mediante la inversión del sujeto pasivo, que en la práctica es añadir esa misma cantidad de IVA como IVA repercutido, para que a efectos de Hacienda el resultado en la factura sea 0€ de IVA.

Trámites para ahorrarse el IVA con el ROI

Se trata de un trámite relativamente complejo que en el departamento de asesoramiento fiscal de Anta Consulting nos encargaremos de implementar. Eso sí, conviene aclarar que esta exención del IVA no es aplicable para operaciones con clientes físicos (consumidores finales) ni cuando la empresa esté radicada en Canarias, Ceuta y Melilla, pues son territorios que no forman parte del espacio IVA.

En cualquier caso, el requisito imprescindible para poder ahorrarse el IVA es solicitar el alta en el ROI, Y para ello hay que rellenar y entregar el Modelo 036, marcando la casilla 130. Hasta hace no mucho tiempo, la Agencia Tributaria se tomaba varios meses para estudiar cada solicitud antes de aceptarla o no. Por suerte, últimamente este trámite se está agilizando mucho y en cuestión de días se podría recibir la notificación de aceptación.

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