CIF provisional y CIF definitivo: Cómo solicitarlos

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Las empresas requieren, para llevar a cabo su actividad, un CIF provisional y definitivo. Desde el año 2008 el CIF (código de identificación fiscal) fue sustituido por el NIF (Número de identificación fiscal). Aunque, en términos coloquiales y sobre todo cuando es una sociedad mercantil a la que se refiere, se sigue llamando CIF a aquella secuencia de caracteres en forma de clave que permite identificarla. El CIF consta de nueve caracteres: una letra que indica el tipo de forma jurídica que tiene la sociedad en cuestión en cuanto a su nacionalidad, un número aleatorio de siete cifras, y un carácter de control.

El CIF se podría considerar equivalente al DNI de las personas solo que está más enfocada para personas jurídicas y empresas que para particulares y, además, el CIF es un identificador más orientado a la realización de trámites mercantiles y fiscales mientras que el DNI se enfoca a los trámites administrativos en general. En esta entrada nos centraremos en exponer la importancia de este identificador y de los trámites necesarios para pasar de un NIF (coloquialmente CIF) provisional a otro definitivo.

Cómo solicitar un CIF provisional

Tal y como se señala desde la propia Agencia Tributaria, el CIF provisional debe solicitarse por parte de la empresa antes de realizar cualquier acto mercantil o fiscal y no más tarde de un mes desde que se produzca la constitución de la sociedad. El CIF tendrá carácter provisional cuando no se aporte toda la información necesaria para poder tener un CIF definitivo. Para tener el identificador de forma provisional, la empresa debe rellenar el modelo 036, aportar los DNI de los socios y apoderados, el documento de acuerdo de voluntades que manifieste que se constituye la empresa y, en caso que la solicitud del CIF provisional no la haga el administrador sino un representante, el modelo de representación.

Una vez obtenido este CIF provisional, la empresa tiene un periodo de hasta seis meses antes de aportar toda la documentación necesaria para obtener el CIF definitivo. O bien, si los interesados no quieren continuar con su actividad empresarial, solicitar la baja de este identificador a través también del modelo 036. Otra opción es la empresa con CIF provisional es saltarse el plazo de seis meses para pedir el CIF definitivo y que Hacienda revoque el CIF provisional que tenga, si no atiende a los requerimientos que desde la Agencia Tributaria hagan.

Pasar de CIF provisional a definitivo

Mientras una entidad opere bajo un CIF provisional está reconocida como algo más cercano a una sociedad civil que mercantil, lo que puede suponer ciertas trabas burocráticas para el correcto desempeño de su actividad comercial. Es por ello, que todo negocio que quiera mantener su actividad en el largo plazo le resulta oportuno la solicitud del CIF definitivo. Para solicitarlo teniendo previamente el CIF provisional, es necesario volver a rellenar el modelo 036. Además, aporta la escritura de constitución de la sociedad debidamente sellada, la tarjeta original de CIF provisional de la empresa, fotocopia del DNI del representante legal de la empresa y el DNI de la persona autorizada para dar de alta la empresa en el Impuesto de Actividades Económicas (IAE).

Cumplidos todos estos trámites, la empresa estará debidamente identificada para desarrollar su actividad de negocio y poder rendir cuentas a Hacienda en el pago correspondiente de impuestos. Aunque este se trata de un proceso relativamente sencillo, también requiere de su tiempo y complejidad. En caso de necesitar ayuda, Anta Consulting puede resolver todas aquellas dudas que surjan y realizar los trámites oportunos. Si además necesitas asesoramiento en estrategia de empresa, te recomendamos que entres en Gonzalo de Anta.

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