Calendario fiscal 2020 para Pymes

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Con la llegada del nuevo año fiscal, debemos tener en cuenta las fechas para presentar los diferentes modelos necesarios para la Agencia Estatal de Administración Tributaria. En este artículo te traemos las fechas indispensables para que con el calendario fiscal 2020 pymes, autónomos y contribuyentes en general no se olviden de nada.

Calendario fiscal 2020: pymes, este es el calendario de impuestos que debéis tener a mano

Enero

Enero es uno de los meses más importantes en el calendario del contribuyente 2020. Nos tocará presentar los diferentes modelos en los siguientes plazos:

1-20 de enero

Modelos 111 (Retenciones practicadas a trabajadores, profesionales o empresarios) y 115 (Retenciones practicadas por alquileres) sobre las retenciones del cuarto trimestre de 2019.

1-30 de enero

Durante todo el mes podremos pagar lo correspondiente con el IVA y el IRPF. Si te perdiste en cómo recuperar el IVA de tus facturas no cobradas, aún estás a tiempo de ponerte al día.

-Modelo 303: Autoliquidación del IVA del 4º trimestre de 2019. Si hemos realizado operaciones intracomunitarias también tendremos que presentar el modelo 349.

-Modelo 130: Liquidación parcial del IRPF del 4º trimestre por estimación directa. Si la realizamos por estimación objetiva deberemos utilizar el modelo 131.

-Modelo 390: Resumen del IVA del año 2019.

1-31 de enero

Modelo 180 y 190: Las versiones del 111 y 115, retenciones a trabajadores y alquileres en versión anual.

Febrero

1-28 de febrero

Modelo 347: Este mes solo tendremos que presentar un documento: la declaración de operaciones con terceros del año 2019.

-Impuesto de sociedades: Pago fraccionado del ejercicio en curso

Marzo

No hay nada que presentar en el calendario tributario 2020 durante el mes de marzo.

Segundo trimestre del calendario del contribuyente 2020, con la fecha clave anual: la Declaración de la Renta

Abril

1-20 de abril

De nuevo, toca presentar los modelos 111 y 115 de retenciones sobre trabajadores, profesionales y empresarios y sobre alquiler del primer trimestre de 2020.

-Modelo 303: Autoliquidación del IVA del primer trimestre del año. Si hemos realizado operaciones intracomunitarias también tendremos que presentar el modelo 349.

-Modelo 130 y 131: Pago fraccionado del IRPF. Elegiremos el 130 si lo hacemos por estimación directa y el 131 se realizamos la estimación objetiva.

Mayo

11 de mayo – 25 junio

Durante todo el mes de mayo, lo único que tendremos que presentar es la Declaración de la Renta, en caso de no haberlo hecho el mes anterior: la fecha oficial de inicio de la campaña es el 1 de abril-

Junio

El plazo para presentar la Declaración de la Renta 2020 terminará, como es habitual, a finales de junio: el día 30.

Tercer trimestre del calendario tributario 2020: ¿qué modelos se presentan en verano?

Julio

De nuevo, tendremos que presentar los modelos trimestrales.

1-20 de Julio

-Modelo 111: Retenciones sobre empresarios, trabajadores o profesionales.

-Modelo 115: Retenciones sobre alquileres.

-Modelo 130 y 131: Pago fraccionado del IRPF. Elegiremos el 130 si lo hacemos por estimación directa y el 131 se realizamos la estimación objetiva.

-Modelo 303: Autoliquidación del IVA del segundo trimestre de 2020. Si hemos realizado operaciones intracomunitarias también tendremos que presentar el modelo 349.

1-25 de julio

Impuesto de Sociedades. Declaración anual del 2019 con el modelo 200.

Agosto

El calendario de impuestos de 2020 no tiene ninguna fecha a tener en cuenta en el mes de agosto.

Septiembre

Tampoco en septiembre tendremos que preocuparnos por presentar nada.

Último trimestre del año fiscal 2020: lo que hay que declarar antes de que acabe el año

Octubre

Este mes tocará volver a presentar los modelos trimestrales.

1-20 de octubre

-Modelos 111 y 115 sobre retenciones a trabajadores, empresarios o profesionales y el alquiler.

-Modelo 130 o 131 para el pago fraccionado del IRPF del tercer trimestre.

-Modelo 303 y 349: para la autoliquidación del IVA del tercer trimestre de 2020. El segundo modelo solo es necesario si hemos realizado operaciones intracomunitarias.

-Impuesto de sociedades: pago fraccionado del ejercicio en curso y presentación del modelo 202.

Noviembre

Sin documentación a presentar.

Diciembre

El último mes del año, será también uno de los que tengamos más gestiones que realizar.

1-20 de diciembre

Por una parte, tendremos que presentar el pago fraccionado del impuesto de sociedades y el modelo 202.

1 de diciembre – 2 de enero

Por otro, tendremos que presentar dos modelos más:

-Renta: renuncia o revocación estimación directa simplificada y estimación objetiva para 2020y sucesivos, modelos 036 y 037.

-IVA: renuncia o revocación regímenes simplificado y agricultura, ganadería y pesca para 2020 y sucesivos, modelos 036 y 037.

Si no quieres preocuparte por saltarte ninguna fecha del calendario en el próximo año fiscal 2020, deja que nuestros asesores fiscales de Anta Consulting se encarguen de presentar todos los documentos.

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