Puntos importantes para hacer la Declaración de la Renta 2014

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Continuamos detallando algunos puntos importantes para que hagáis de la mejor forma vuestra Declaración de la Renta 2014, coincidiendo con el inicio de la Campaña de la Renta de este año:

Donaciones a fundaciones, asociaciones y ONG

Los declarantes de la renta que hayan realizado donativos a alguna ONG, fundaciones, asociaciones declaradas de utilidad pública y, en definitiva, entidades acogidas a la Ley 49/2002, podrán desgravarse entre un 25% y un 10% de sus aportaciones, estando exentas las ganancias patrimoniales consecuencia de la transmisión de bienes donados. Lo podrán hacer pidiendo adjuntando un recibo o certificado con sus datos identificativos, fecha e importe donado

Las cuotas de afiliación y las aportaciones a partidos políticos podrán ser objeto de reducción en la base imponible con un límite máximo de 600 euros anuales. También dan derecho a la deducción del 25% las donaciones realizadas a los partidos políticos.

Ventajas para los planes de pensiones

Otro punto importante son los planes de pensiones. Las personas que hayan realizado aportaciones a planes de pensiones deben revisar con detenimiento su declaración, ya que en los ejercicios fiscales de 2012, 2013 y 2014 han aumentado los tipos del Impuesto sobre la Renta desde 0,75 a 7 puntos porcentuales adicionales, dependiendo del nivel de ingresos.

Estas aportaciones no solo garantizarán unos ingresos al final de la vida laboral, sino también un ahorro fiscal desde un mínimo del 24,75% hasta un máximo del 52% de la inversión realizada, llegando al 56% en el caso de Andalucía, Asturias y Cataluña.

Cuenta ahorro-empresa para crear una sociedad

A todos aquellos emprendedores que el pasado año se animaron a poner en marcha una Sociedad Limitada Nueva Empresa, recordarles que pueden deducirse el 15% de las aportaciones realizadas, con un límite de 9.000 euros anuales. Hay que tener en cuenta que la reforma fiscal ha eliminado esta deducción a partir del 2015.

Incentivos para la financiación de los business angels o del capital semilla

Los negocios que hayan disfrutado del apoyo de familiares y amigos también tienen ventajas fiscales. La ley de Emprendedores, en vigor desde el 29 de septiembre de 2013, establece un nuevo incentivo fiscal en el IRPF a favor de los business angels o de las personas que solo están interesadas en aportar capital para el inicio de una actividad, lo que se conoce como capital semilla, de modo que se puedan crear nuevas empresas incorporando a su accionariado a estos inversores por un plazo que oscila entre tres y doce años.

Este tipo de inversiones permite una deducción del 20% en la cuota estatal del IRPF de la inversión realizada al suscribir las acciones o participaciones de la sociedad, siendo 50.000 euros anuales la base máxima de la deducción, limitada a una participación nunca superior al 40% del capital de la entidad. Asimismo, se fija la exención total de la plusvalía al salir de la sociedad, siempre y cuando se reinvierta en otra entidad de nueva o reciente creación.

«Microamnistía» fiscal para las pensiones procedentes del extranjero

Tras la polémica surgida con la campaña de requerimientos a jubilados que percibían pensiones del extranjero, se ha otorgado una «microamnistía» que les permite poner en regla sus cuentas con Hacienda sin sanciones, recargos, ni intereses. En este sentido, la Ley 26/2014, de 27 de noviembre contempla dos medidas especiales para los casos de regularización en IRPF de rentas procedentes de pensiones pagadas desde el extranjero:

Un período extraordinario de regularización: no se exigirán recargos, intereses ni sanciones a quienes regularicen voluntariamente su situación mediante la presentación desde el 1 de enero al 30 de junio de 2015 de declaraciones de IRPF (iniciales o complementarias) de ejercicios no prescritos.

Una condonación de los intereses, recargos y sanciones exigidos por este concepto. En el caso de que los recargos, intereses y sanciones hubieran adquirido firmeza, la condonación deberá ser solicitada por el interesado entre el 1 de enero y el 30 de junio de 2015. Esto supone que aquellos a los que la administración haya liquidado deudas por estas pensiones, podrán obtener la devolución de lo pagado por intereses, recargos o sanciones. Los que regularizaron voluntariamente también podrán obtener la devolución de los recargos que hayan pagado, o solicitar su condonación si las liquidaciones son firmes.

Esta «microamnistía» se aplica a cualquier persona que perciba pensiones recibidas del extranjero y estén sujetas al IRPF español, tanto de emigrantes retornados, como de pensionistas extranjeros residentes en España.

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