Consejos para pagar menos impuestos antes de final de año

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Las operaciones financieras que ejecutemos durante el mes de diciembre pueden condicionar el siguiente ejercicio de nuestra Pyme o sociedad. Además de ultimar el cierre del año contable y fiscal, será conveniente que nos asesoremos sobre las acciones a desarrollar para tributar menos cuando afrontemos, por ejemplo, el impuesto de sociedades, el pago de la renta o las declaraciones anuales y trimestrales del IVA. Veamos cómo pagar menos impuestos antes de que acabe 2019.

Gastos de empresa, una opción para pagar menos impuestos

Las sociedades podrán seguir beneficiándose de la deducción por gastos de difícil justificación, siempre y cuando supongan un cinco por ciento del rendimiento neto de su actividad. Es aconsejable, sin embargo, anticipar antes de final de año todos los gastos relacionados con la atención a clientes y proveedores, ya que empeorarán su tributación al quedar limitados al uno por ciento del importe neto de la cifra de negocios de la empresa.

Rescate de Seguros

Es conveniente rescatar los seguros que tengamos vigentes desde antes de 2006. Por ejemplo, en caso de tener contratado un seguro de vida o de invalidez en principio podremos obtener un mayor rendimiento neto por su antigüedad a la hora de recuperar el capital invertido, si bien habrá que estudiar siempre las condiciones específicas de cada compañía y póliza.

Cambio de residencia por trabajo

El traslado de residencia por cuestiones laborales permite reducirse la renta de trabajo obtenida en los ejercicios 2014 y 2015, con un máximo de 2.652 euros por año. Pero conviene aceptar este cambio de residencia de trabajo antes de que acabe 2014, porque en caso de hacerlo ya en 2015 los beneficios fiscales bajan, pudiéndose obtener únicamente 2.000 euros anuales de reducción durante los dos siguientes ejercicios contables.

Deducción por alquiler

Hasta el 31 de diciembre de 2014 se mantiene vigente la deducción por arrendamiento de vivienda, lo que supone la posibilidad de desgravarse hasta el 10,05%. Por ello es aconsejable que, si tiene pensado alquilar ahora una vivienda, lo haga antes de final de año pues si se firma el contrato en 2015 perderá esta posibilidad de desgravación fiscal.

Dividendos en PYMES

Si es socio de una pyme con reservas acumuladas y tiene poder de decisión en el reparto, conviene anticipar el cobro de dividendos a este ejercicio porque, a partir del próximo año, desaparece la exención de los primeros 1.500 euros para este tipo de aportaciones. Se trata de un punto importante en el que conviene que las pymes se asesoren para garantizarse estos beneficios.

Minusvalías

Es momento de compense las minusvalías pendientes desde 2010. En este ejercicio finaliza el plazo del que disponen los tipos de contribuyente para materializar la compensación de pérdidas patrimoniales que procedan de hace cuatro años.

Acciones

Si tiene acciones en empresas que no cotizan y se ha planteado retirar dinero de esa empresa reduciendo el capital de la misma, puede ser el momento. Esa reducción no tendrá coste tributario mientras que, si espera a 2015, tributarán como rendimientos del capital mobiliario.

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