Planificar IRPF 2015. Consejos para reducir la factura fiscal

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Antes de ofrecerte los consejos te recomendamos que leas este artículo en nuestro Blog sobre las reformas fiscales para Autónomos.

Planificar el IRPF del año 2015, consejos que te puedan permitir un ahorro fiscal

1. Compensar bases imponibles en sus diferentes modalidades:
Analizar las pérdidas y de los resultados negativos pendientes de compensar de períodos anteriores, así como de las plusvalías latentes en las inversiones financieras pendientes de realizar.

Para ello es imprescindible contar con una simulación o con la valoración de la cartera a la fecha más próxima, realizadas por la entidad financiera depositaria de las inversiones o de la cartera de valores. A tal efecto, antes de finalizar el año existen las siguientes posibilidades:

–          En 2015 vuelve a ser posible compensar entre sí Ganancias y Pérdidas Patrimoniales (GPP) a corto y a largo plazo.

–          Posibilidad de compensar Rendimientos de Capital Mobiliario (RCM) positivos y negativos, independientemente de su período de generación.

–          Es posible trasvasar hasta el 10% del saldo negativo de GPP, que podrá ser destinado a compensar el resultado positivo de RCM, y viceversa (en vigor desde 2015). El calendario de compensación será de un 15% en 2016, un 20% en 2017 y un 25% a partir de 2018.

–          Compensación de hasta el 25% de la BI General , con el saldo negativo de las GPP a integrar en la BI General (apartado compuesto principalmente de ganancias y pérdidas patrimoniales que NO se derivan de la transmisión de elementos patrimoniales, como por ejemplo, indemnizaciones por seguros, siniestros, premios, ciertas ayudas, etc….)

 2.   Aprovechamiento del límite de deducciones por adquisición de vivienda habitual, aplicable únicamente a quienes adquirieran vivienda antes de 1-1-2013. El máximo de aportación fiscalmente deducible será de 9.040 euros, con una deducción del 15% de dicho importe (deducción máxima de 1.356 euros).

3. La recurrida aportación a Planes de Pensiones. Con un importe máximo de deducción por el menor de 8.000 euros anuales o del 30% del Rendimiento Neto del Trabajo más Actividades Económicas.

4. En caso de venta de vivienda habitual, verificar la edad del vendedor en el momento de la venta (por ejemplo, está exenta de IRPF la ganancia patrimonial generada en la venta de la vivienda habitual por mayores de 65 años). Con la adecuada planificación puede resultar conveniente retrasar el momento de la venta hasta haber cumplido la citada edad, siempre y cuando la venta dé lugar a una ganancia patrimonial, lógicamente, así como por la ganancia obtenida por la venta de cualquier elemento patrimonial con el límite de 240.000 euros, si con el importe obtenido en la venta se constituye una renta vitalicia en favor del titular.

5. Operaciones a Plazo. Posibilidad de diferir la imputación de GPP al año 2016, dado que los tipos impositivos serán inferiores en dicho ejercicio -conforme a la legislación vigente a día de hoy-. Ello permitiría sopesar la posibilidad de efectuar operaciones a plazos con precios a percibir el próximo año (ventas en el año 2015 y cobros en el año 2016 o posteriores, mediante un período superior a 1 año entre ambos momentos).

6. Aplicación de coeficientes de abatimiento (reducción por antigüedad). Es posible reducir el importe de las ganancias patrimoniales derivadas de venta de activos susceptibles de gozar de esta reducción, siempre que éstos se hubieran adquirido antes de 31-12-1994, lo que aconseja vender en primer lugar los elementos más antiguos, con ciertos límites.

7. Tratamiento favorable para los donativos. Los más generosos podrán reducir su factura fiscal mediante la donación a entidades sin ánimo de lucro, el 50% de los primeros 150 euros, y el 27,5% de lo que exceda de dicha cantidad (con anterioridad, la deducción máxima por donativos era del 25%).

Recordar igualmente:

–          Aplicación de la reducción del 30% a partir de 2015 de rendimientos irregulares o con periodo de generación superior a 2 años (hasta 2014 era del 40%).

–          Aplicación de la reducción del 20% sobre el rendimiento neto positivo para los autónomos que inicien una actividad económica y cumplan determinados requisitos.

–          Exención de tributar por los Rendimientos positivos del Capital Mobiliario derivado de los planes de ahorro a largo plazo si no se dispone de ellos en 5 años y con una inversión máxima de 5.000 euros anuales.

–          A partir del 1 de enero de 2015 se eliminan los coeficientes de corrección monetaria para calcular la ganancia patrimonial obtenida por la transmisión de inmuebles.

–          A partir del 2015 se elimina también la deducción por el alquiler de vivienda habitual, si bien se aplica un régimen transitorio si el alquiler tuviera fecha anterior al 1 de Enero de 2015.

 Desde Anta Consulting, asesoría fiscal en Madrid, estamos a tú disposición para caulquier duda que te pueda surgir.

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