Renta 2016: consejos para no perderte

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La declaración de la Renta 2016 incorpora un nuevo programa y muchas novedades que deberías conocer. Desde Anta Consulting te damos unos consejos.

Es el momento de las obligaciones fiscales y se inicia el periodo de la declaración de la Renta 2016 y este año hay bastantes novedades que debemos tener en cuenta. La principal es la aparición de un nuevo programa, Renta Web, que sustituye al tradicional sistema Padre. Pero también encontramos novedades para familias numerosas, en relación a las cláusulas suelo, las Sociedades Civiles con objeto mercantil, etc…

Nuevo programa Renta WEB

El nuevo programa es la novedad más importante de la Renta 2016. El programa Renta WEB ya sustituyó a PADRE el año pasado en algunos casos, pero en esta ocasión todos los solicitantes deberán utilizarlo. Se puede acceder al programa a través de la web de la Agencia Tributaria con un funcionamiento más simple y nuevos parámetros que se podrán rellenar de forma más fácil. Otra de las ventajas de este programa es que se ha optimizado para su uso en móviles y tablets, que ya supusieron un 20% de la navegación el ejercicio pasado.

Novedades para familias numerosas

Si somos familia numerosa o tenemos a nuestro cargo a una persona con discapacidad, también novedades a la hora de solicitar el borrador de la renta 2016. Hay dos nuevos modelos, el 121 y el 122, que servirán en los casos en los que el solicitante no esté obligado a presentar declaración. Este último modelo también se debe utilizar en los casos en los que haya un ascendiente con dos hijos separado legalmente o sin vínculo matrimonial.

Los Dividendos en la Renta 2016.

En el ámbito de la empresa, se mantiene la novedad de 2015 que eliminaba la exención de los primeros 1.500€ ganados como dividendos. Lo que es nuevo este año es que los scrip dividend (dividendos que se pueden cobrar en acciones o en capital) tributan como si fueran dividendos normales, desapareciendo la diferenciación entre ambos. Por otra parte, en relación con la Bolsa, hay que señalar que se mantiene la posibilidad de pagar solo por los beneficios compensando las ganancias y pérdidas del ejercicio.

Cláusulas suelo

Tras la última sentencia sobre las cláusulas suelo, mucha gente se estaba preguntando cómo afectaría a la Renta 2016. Tanto en el caso de que le hayan devuelto lo que haya pagado como cláusula suelo en el pasado como en el que haya recibido una indemnización por la misma, el usuario no tendrá que tributar por estos importes.

En los casos en que los intereses que hayan sido devueltos por la entidad financiera formarán parte de la base de la deducción por vivienda habitual de ejercicios anteriores, se perderá el derecho a la misma y deberá regularizarse, siempre y cuando el ejercicio no haya prescrito.

Sociedades Civiles con Objeto Mercantil

Las Sociedades Civiles con Objeto Mercantil son las protagonistas del cambio más importante en la Declaración de la Renta 2016. Estas sociedades pasarán a tributar por el Impuesto de Sociedades al 25% con un tipo fijo. El resto de sociedades se mantendrá tributando como hasta ahora.

Rendimiento de actividad económica

Los otros grandes cambios lo encontramos en la tributación del rendimiento de actividad económica. El límite conjunto a todas las actividades económicas baja de 450.000€ a 150.000€, con la excepción de las actividades agrícolas, ganaderas y forestales, que se sitúa en 250.000€ anuales.

Por último, en cuánto al límite reglamentario por volumen en compras y servicios, incorporado a la Ley, la cantidad se sitúa también en 150.000€ anuales en la renta 2016.

Seas una empresa o particular, si lo necesitas, en Anta Consulting te ayudamos con tu declaración de la renta.

 

 

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